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Un juzgado reconoce una incapacidad por aneurisma cerebral

Abr 30, 2026 | Noticias BGI

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Amenazada por dos aneurismas tras superar otro

Superar un aneurisma cerebral y vivir con la amenaza de otros dos aneurismas no parecía ser suficiente motivo para que la Seguridad Social reconociera la incapacidad a una cocinera de Vigo. Aunque reconocía la gravedad de la situación, la Seguridad Social se limitó a recomendar a la afectada que trabajara cerca de un hospital.

Vigo, a 6 de mayo de 2026

Como resulta obvio, ante esta postura por parte de la administración laboral, la cocinera se ha visto obligada a recurrir a la Justicia, a través de BGI-LAW, para que se reconozca que su situación es de tal peligro, que no resulta fácil seguir trabajando entre fogones cuando tienes el peligro constante sobre su vida.

Y como, a todas luces parece también lógico, el Juzgado de lo Social nº 6 de Vigo ha dictado una sentencia en la que reconoce la incapacidad permanente total a la trabajadora, tras estimar parcialmente la demanda presentada frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La resolución revoca la decisión administrativa previa, que había denegado cualquier grado de incapacidad.

Para  Antonio Heredero, abogado de BGI-LAW que ha llevado el caso,

Resulta sorprendente que la Seguridad Social se limite a recomendar a una persona que trabaje cerca de un hospital porque está reconociendo implícitamente que existe un peligro real para su vida, pero al mismo tiempo le niega consideración como afectada, como si una persona pudiera elegir trabajar cerca de un lugar específico y como si el hecho de estar cerca de un hospital supusiera en su caso alguna seguridad.

Hechos probados

Según los hechos probados, la trabajadora ejercía como cocinera asalariada y presentaba un cuadro clínico derivado de una enfermedad común, compuesto por una hemorragia subaracnoidea aneurismática, una tendinopatía del supraespinoso y alteraciones cognitivas leves relacionadas con la memoria operativa, la impulsividad y el control inhibitorio.

El magistrado concluye que, aunque la afectada mantiene autonomía para las actividades básicas de la vida diaria, las secuelas descritas resultan incompatibles con el desempeño profesional de cocinera, una actividad que exige la ejecución simultánea de procesos complejos, manejo de utensilios peligrosos y toma de decisiones rápidas en un entorno de riesgo.

La sentencia

La sentencia subraya que “el estado clínico residual no es compatible con su profesión de cocinera asalariada”, destacando que las alteraciones cognitivas, aunque leves, afectan directamente a funciones esenciales para el ejercicio seguro de la actividad.

El juzgado considera, sin embargo, que la trabajadora sí podría desempeñar tareas de menor responsabilidad que no impliquen procesos complejos ni riesgos asociados al uso de herramientas o temperaturas elevadas. Por ello, reconoce la incapacidad permanente total, que inhabilita para la profesión habitual, pero permite el ejercicio de otras actividades laborales.

Sobre la incapacidad permanente total

La incapacidad permanente total es una prestación del sistema de Seguridad Social que se concede cuando un trabajador queda inhabilitado para realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual, pero conserva capacidad para dedicarse a otra distinta. Conlleva una pensión equivalente, con carácter general, al 55% de la base reguladora.

Los medios gallegos se han hecho eco de la noticia de forma masiva.

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